depende tanto la reduction de los herejes y desviados, v la confusion de los obstinados, y la confirmacion de los flacos y vacilantes, y la satis- faccion de los catholicos y la justificacion y particular honor de su S. y que esto 110 se conseguira ni resultara, haziendose la dicha reformacion por su S. aunque sea tal qual su S. dice y se espera, porque en el estado que hoy esta la yglesia esto en ninguna manera satisfara: no podemos dexar de tornar a hazer a su S. sobre este puncto gran instancia v assi se la hareis de nuestra parte, representandole y poniendole delante todo lo susodicho, y tornandole a repetir lo que antes le aveys dicho, y todo lo que a este proposito paresciere conveniente; y quando su S. como se deve esperar en esto quisiesse condescender, cerca de los medios y forma, paia que con mas auctoridad suya y dessa Santa Sede se haga, y para que no resulten los inconvenientes de que su S. se recela, si demas de lo que esta apuntado en la dicha vuestra instruccion hubiere algunos otros medios, lo tractareis con su S. y nos avisareis, porque haciendosse el efecto, en todo lo demas dessearemos se proceda con entera satisfaccion y seguridad suya, a que nos tenemos y avemos de tener en todo tan gran respecto. T en lo que su S. apunta que en el concilio se avia movido al tiempo de su enfermedad cerca de la election de Papa, pues Dios ha sido servido de le dar salud y esperamos que se la continuara como se la desseamos, no avra que tratar, como quier que ya en aquella occassion teniamos prevenido quanto en nos era para que no pudiesse resultar este inconveniente. En lo de la comunion sub utraque specie, paresce que en effecto resulta de lo que nos escrivis, que su S. lo remitira al concilio, donde a instancia dei Emperador y de franceses y otros principes se tratara de este articulo, de que 110 podemos dexar de tener mucha pena y estar con muy gran cuidado; porque juzgando, como juzgamos, ser este punto tan peligroso y tan pernicioso especialmente para las provincias y partes para donde se pide, y viendo la auctoridad e instancia de los que lo han de tratar y la inclinacion que se conosce en su S. tememos grandemente el sucesso que terna, y ya que el concilio habia remitido este punto a su S.